REPORTAJE REVISTA: LEY MORDAZA

El pasado 1 de julio entró en vigor la nueva ley de Seguridad Ciudadana, mejor conocida por todos como Ley Mordaza. Ésta es sin duda una de las normativas más polémicas de toda la historia de nuestra reciente democracia, no pocos la consideran como el mayor atentado a la libertad de expresión de los últimos años, incluso se ha recurrido ante el tribunal constitucional y ha sido criticada por la ONU.

¿Por qué es tan polémica? Pues porque sus sanciones criminalizan la protesta social, coartan la libertad de información y se ceban con derechos humanos básicos, como el de intimidad o libertad personal, así como con los derechos de personas en riesgo de exclusión social o inmigrantes, entre otras cosas. Así, se sancionarán acciones como protestar ante el congreso, el senado y parlamentos autonómicos, fotografiar a policías, parar un desahucio o la resistencia pacífica, aparte de endurecer fuertemente actos ya previamente sancionados con multas absolutamente abusivas, que van desde los 100 a los 600.000€, dependiendo de la gravedad de la infracción. Hay medidas que hacen que España se convierta en un estado policial, como la creación de una lista negra de infractores, la inclusión de identificaciones o cacheos preventivos o considerar la palabra del policía como “base suficiente” para la multa.

LA LEY CONTRA EL CULTIVADOR Y CONSUMIDOR DE CÁNNABIS

¿En qué afecta la ley al cultivador y/o consumidor de cannabis? Pues en que en ella se contemplan multas de entre 601 y 30.000€ tanto por “El consumo o la tenencia ilícitos de drogas, aunque no estuvieran destinadas al tráfico, en lugares públicos, así como el abandono de los instrumentos empleados para ello” como por “Plantar y cultivar drogas en lugares visibles al público”.

Respecto al primer punto se observa un endurecimiento considerable de las sanciones (anteriormente la multa era de 300€). El consumo o tenencia en la vía pública ya estaban sancionados, pero no tanto. Obviando que supone un retroceso alarmante en el camino hacia la regulación, al incrementar la dureza de la pena en lugar de buscar otras vías que consideren criterios de salud pública o de impacto social, tanto de las drogas como del efecto de las propias multas, hay algo que, como bien dice Jose Carlos Bouso en nuestra entrevista sobre su reciente informe sobre políticas de drogas en España para la Open Society Foundations (que podéis ver en nuestra web), llama la atención y revela su falta de rigor: La imposibilidad de canjear la multa a cambio de tratamiento voluntario. Hecho que demuestra que por un lado se minimizan los problemas derivados del consumo de cannabis, y por otro revela que el objetivo de la norma es meramente recaudatorio y debido a motivos puramente ideológicos.

Respecto al segundo punto se han dicho muchas cosas. Hay gente que lo ve positivo, ya que mientras el cultivo no sea visible al público no hay problema. Esto es algo así como ver la botella medio llena. Sin embargo, como bien nos dijo Helena Echeverri en la entrevista que le hicimos en Spannabis Málaga (que también podéis ver en nuestra web), hay que tener en cuenta qué significa “visible al público”. Un cultivo que tuvieras en tu domicilio privado pero que fuese visible (a través de una ventana, un patio o cualquier rendija o hueco) sería sancionable. Por lo tanto es un arma de doble filo que supone otro retroceso: Hasta ahora el cultivo para consumo propio era legal (aunque si bien sujeto a inseguridades jurídicas varias al depender de la valoración de la policía y el juez sobre el mismo), ahora éste, si es visible (de cualquier manera) ya supondría una infracción. Por lo tanto no se puede considerar, en ningún caso, este punto como un avance.

Así pues, lo único que nos queda es que las próximas elecciones supongan un cambio de gobierno de derogue esta normativa. Y ahí, los ciudadanos en general y los consumidores en particular, tenemos mucho que decir.

Ésta entrada forma parte de nuestra revista Undergrow Magazine, que podéis descargar AQUÍ.

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