Los diputados del movimiento Amplitud, Karla Rubilar, Pedro Browne y Joaquín Godoy, junto al diputado DC Matías Walker, presentaron un proyecto de ley (boletín 9471) que modifica la ley N° 20.000, sobre Tráfico Ilícito de Estupefacientes y Sustancias Sicotrópicas, con el objeto de legalizar el autocultivo de canabbis para el consumo privado.
Los autores recuerdan que la Ley N° 20.000 nace como reacción a la realidad existente en materia de sanción al tráfico de drogas, toda vez que de manera objetiva, se castigaba de igual forma al mega-traficante que al micro-traficante.
“Muchas veces, en el sistema procesal penal antiguo, se sometió a proceso por el delito de tráfico ilícito de drogas, a individuos que portaban droga en pequeñas cantidades, y que eran para su consumo personal”, señalan.
Los legisladores precisan que uno de los argumentos para evitar la legalización del consumo de marihuana, es la supuesta condición de puerta de ingreso, mediante esta a las demás drogas duras.
“Este argumento carece de fundamento científico al considerar la marihuana “pura” como puerta de ingreso. Si bien es cierto, existe un tipo de droga, denominada “prensada” y/o “paraguaya”, que en su elaboración contiene elementos químicos para prensarla, siendo este elemento altamente adictivo y perjudicial, y convirtiéndose este en la puerta de entrada, no así la marihuana en su estado puro”, subrayan.
Por otro lado, es la misma Ley 20.000 la que obliga a los sujetos a consumir drogas de baja calidad, al eliminar como consumo, acción atípica, el porte o posesión de drogas de alta calidad o pureza.
“¿Es lógico que el Estado desvíe recursos, materiales y humanos, en perseguir a ciudadanos que buscan cometer un acto “lícito”?”, cuestionan los parlamentarios.
“Por otro lado, el castigar el auto-cultivo, para consumo personal, o el porte para consumo próximo en el tiempo, ¿de qué manera resguarda el bien jurídico “Salud Pública”? ¿De qué manera afecta a la Salud Pública, el hecho que alguien de manera autónoma y consciente, decida consumir un cigarrillo, u otra forma de canabbis en la intimidad de su domicilio, sólo o acompañado?”, añaden.
Por ello, consideran urgente y necesario avanzar en la materia, eliminando las normas que castigan a los ciudadanos que se disponen a realizar una actividad “lícita”, ya sea por fines terapéuticos, recreativos y/o sacramentales.
El texto será estudiado por la Comisión de Salud.
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